En algunas ocasiones, cuando una persona va a solicitar un crédito hipotecario, necesita un obligado solidario, quien respalde la deuda que se va a adquirir.
De esta manera, algunas entidades financieras aprueban la obligación, otorgando el crédito a la persona interesada.
Un obligado solidario es una persona física o moral que se compromete a pagar una deuda de otra persona desde el inicio, siendo así responsable de cumplir con las obligaciones del acreditado.
Es decir, no hay necesidad que el acreditado no cumpla con los pagos en su totalidad para que el obligado solidario pague la deuda.
Es importante resaltar que la manera en que se realicen los pagos dependerá de los lineamientos que se establezcan en el contrato.
Esta modalidad de respaldo comenzó a usarse con el objetivo de otorgar créditos de una manera menos riesgosa para el acreedor.
Puesto que le permite tener a dos personas, en lugar de una, que respondan por la deuda.
No obstante, este concepto ha cambiado un poco en los últimos tiempos, ya que en la actualidad la figura del obligado solidario.
En la mayoría de los casos, solo está obligado a pagar la deuda como última opción si ya no existen otros medios para cobrarle al deudor, como lo hace la figura de aval.
Obligaciones solidarias
Las obligaciones solidarias son las responsabilidades pluripersonales cuando se ha contraído por muchas personas la obligación de una cosa divisible.
Así, cada deudor está obligado a pagar la integridad de la deuda y cada acreedor cuenta con la capacidad de demandar el pago en su totalidad.
Solidaridad activa y pasiva
Dichas obligaciones solidarias pueden ser activas o pasivas, lo cual se refiere a la pluralidad de acreedores (solidaridad activa) o de deudores (solidaridad pasiva).
En la solidad activa el deudor puede hacer el pago a cualquiera de los acreedores, siempre que no haya sido demandado por alguno de ellos.
Puesto que este caso deberá realizar el pago exclusivamente al acreedor que instauró la demanda.
Por otra parte, en la solidaridad pasiva el acreedor puede reclamar el importe íntegro de la deuda a cualquiera de los deudores, o bien podría reclamarla a todos los deudores simultáneamente.
Obligado solidario: figura de naturaleza civil
El obligado solidario es una figura de naturaleza civil, regido por el Código Civil, el cual regula las relaciones civiles entre las personas tanto físicas como morales.
De este modo, el obligado solidario, se solidariza con el deudor principal.
Para que el acreedor obtenga la facultad de reclamar el cumplimiento de la obligación a cualquiera de las partes, es decir, al obligado solidario y/o deudor principal.
Cabe resaltar que la solidaridad no se presume, lo que significa que debe resultar por disposición de Ley o por la propia voluntad de las partes.
Es así que debe pactarse específicamente en el contrato, ya que de otro modo no podrá ser considerada la obligación como solidaria.
Ahora que ya conoces otra figura legal diferente al aval y al fiador, puedes darles esa opción a tus clientes en el momento de comprar su vivienda.
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